
XVII WORLD CONGRESS OF PROCEDURAL LAW
Fecha de creación: 30/09/2023Tipología: Productos Resultados de Actividades de Divulgación Pública de la Ciencia.
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Resumen del producto
La solución de los conflictos sociales con base en normas jurídicas está supeditada al cumplimiento de formalidades que en su conjunto se denomina proceso. Es, entonces, el proceso el instrumento que utiliza el Estado para aplicar las normas jurídicas abstractas con miras a resolver una controversia entre personas. Aunque en la actualidad existen otras posibilidades, la dirección del proceso y la decisión de la controversia se le ha asignado históricamente al poder judicial, que representa imparcialidad, autonomía y cualificación, de ahí que se hable de proceso judicial. En materia penal, es considerado una garantía fundamental que sea un juez penal el encargado de adelantar la actuación y tomar la decisión sobre la responsabilidad de la persona procesada.
Entre las múltiples finalidades que se le pueden atribuir a la expedición de normas jurídicas abstractas, personales y generales, como es el caso de la ley penal sustantiva, está la de condicionar la conducta humana. El objetivo es que la proposición que conlleva la expedición de la norma, sea esta una prohibición, un mandato o una facultad, se cumpla por las personas a las que va dirigida y, en ese sentido, que limite el libre albedrío. Para el cumplimiento de este objetivo no basta con la expedición de normas con estas características; se requiere, además, que las normas se apliquen correctamente al resolver los conflictos sociales que se presenten.
¿Qué se requiere para que las normas jurídicas abstractas se apliquen correctamente en un caso en concreto y, en consecuencia, se emita por un juez, luego de adelantar un proceso, la decisión correcta? La repuesta a esta pregunta es compleja. Sin embargo, se partirá de la siguiente tesis, expuesta, entre otros, por Taruffo (2002): la corrección de la sentencia está condicionada a la verdad de los hechos, entendida esta como correspondencia con la realidad (un enunciado descriptivo será verdadero si corresponde a la realidad que pretende describir y será falso si no corresponde con esta realidad). En otras palabras, si el juez considera un hecho en la sentencia para la aplicación del derecho que no ocurrió, entonces necesariamente se aplicará erradamente las normas abstractas y, de contera, el derecho fallará en su pretensión de condicionar la conducta de las personas. Se habrá producido un error en la decisión sobre la prueba de los hechos.
¿Cómo evitar que el sistema de justicia cometa el error de dar por probado algo falso o, a la inversa, de no dar por probado algo verdadero? Este tipo de error, que ocurren en la sentencia, se denominará errores en la decisión sobre la prueba de los hechos.